El tribunal Supremo ha tomado una decisión pionera al concederle la maternidad compartida a un mujer lesbiana sobre las dos hijas que su pareja concibió mientras las dos estaban casadas.

La mujer reclamó la filiación al divorciarse porque ambas habían firmado el consentimiento para la inseminación. Es decir, que las dos decidieron tener a las pequeñas juntas mediante inseminación artificial, aunque al final decidieron inscribirlas en el registro solo con la filiación de la madre biológica. En su momento ambas recurrieron el expediente, pero al divorciarse, la madre biológica decidió oponerse ante el Supremo a que se le concediera a su ex pareja la filiación de las dos pequeñas.

Sin embargo, el tribunal ha decidido que, dado que las dos consintieron a la inseminación artificial, la maternidad de las niñas les pertenece a las dos. Lo han decidido así tomando en cuenta que las niñas siempre han vivido con sus dos madres y buscando que tengan estabilidad en su vida familiar.

Es una una decisión muy importante porque es la primera vez que el tribunal se pronuncia en un caso de reclamación filial en una situación de divorcio entre dos lesbianas. Cuando una se casa nunca quiere pensar que algo así te puede pasar, pero es definitivamente un consuelo el pensar que en caso de que suceda, nadie puede quitarte tu derecho a formar parte de la vida de tus hijos.

¡Por eso señoras es tan importante que los papeles digan matrimonio! Ojalá que en un futuro estos derechos se extiendan a todas las lesbicanarias y decisiones como estas dejen de ser noticia.

Imagen por: Ben Pollard